Preguntas y Respuesta clave ante la Desaparición del certificado SILCON

¿Por qué este cambio de SILCON a Certificado Digital Persona Física?

La Ley 15/2014 de 16 de septiembre, de racionalización del sector Público y otras medidas de reforma administrativa (BOE 17 de septiembre), establece en su artículo 24 la obligatoriedad de admitir únicamente los certificados reconocidos incluidos en la ‘Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación’ (TSL) publicada en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. 

La Ley 17/2009, transposición de la Directiva 2006/123/CE, prevé que las Administraciones Públicas pongan en marcha un sistema de ventanilla única, a través del cual los prestadores de servicios podrán llevar a cabo en un único punto, por vía electrónica y a distancia, todos los procedimientos y trámites necesarios para el acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

Esta Lista debe cumplir las especificaciones técnicas recogidas en el Anexo de la Decisión de ejecución de la Comisión 2013/662/UE de 14 de octubre de 2013, por la que se modifica la Decisión 2009/767/CE en lo relativo al establecimiento, el mantenimiento y la publicación de listas de confianza de proveedores de servicios de certificación supervisados o acreditados por los Estados Miembros.

Esta lista es válida hasta el 25 de noviembre de 2016 fecha en la que se publica la siguiente versión.

El marco jurídico aplicable a la implementación de la presente Lista de Confianza de Prestadores de Servicios de Certificación supervisados en España es la Directiva 1999/93/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 1999, relativa a un marco comunitario para la firma electrónica y su transposición en las leyes españolas.

A partir del 17 de septiembre de 2016, fecha que viene impuesta por la finalización del periodo transitorio de certificados no reconocidos, prevista en la Ley 15/2014, el acceso al Sistema RED, SLD o Red Directo y los servicios  de la Sede Electrónica dejará de realizarse a través del certificado SILCON.

¿Cómo se reemplaza el modo de acceso con certificado SILCON al Sistema Red Internet – Red Directo – Sistema de Liquidación Directa – Sede Electrónica de la Seguridad Social (Notess)?

Se podrá reemplazar el certificado SILCON por cualquiera de los tipos de Certificados Digitales admitidos por la Seguridad Social, según la información que puede consultar en la página web, en el apartado “Información útil/ Certificados Digitales/ Certificados admitidos en los trámites de la Seguridad Social”.

¿Qué tipos de certificados hay?

En función del tipo de solicitante:

  • Certificados de Usuario o persona física: se trata de un certificado digital emitido a favor de un sujeto físico (también conocido como certificado de usuario) que vincula al suscriptor con unos datos de identidad y firma. Suscribe, firma, solicita y custodia las claves de la persona física.
  • Certificados de Persona Jurídica o Entidad: Se trata de un certificado digital emitido a favor de una entidad jurídica que podrá ser utilizado cuando se admita en las relaciones que mantenga dicha persona jurídica con las administraciones públicas o en la contratación de bienes o servicios que sean propios o concernientes a su giro o tráfico ordinario. Para Sistema RED sólo serán admitidos los certificados de Persona Física.

En función del emisor:

  • SILCON – Emitido por la Seguridad Social, desaparece a partir de septiembre de 2016.
  • DNI-e – Emitido por la Dirección General de la Policía.
  • FNMT-RCM – Emitido por la Fábrica Nacional de la Moneda y timbre-Real Casa de la Moneda.
  • Otros – Emitidos por otras entidades certificadoras reconocidas.

 

¿Qué certificados no se admiten para el Sistema Red Internet – Red Directo – Sistema de Liquidación Directa – Sede Electrónica de la Seguridad Social (Notess)?

Los certificados que sustituyan a SILCON deberán ser personales y admitidos según la lista de Servicios de Confianza. No serán válidos por tanto, los certificados de persona jurídica ni de entidad, ni el certificado de empresa, asi como tampoco el certificado de las empresas que representan en RED, ya que el sistema de autorización y representación previsto en la Orden ESS484/2013 de 26 de marzo no se ve alterado por la entrada en vigor de esta normativa.

Si tengo certificados de persona física y también soy autorizado para las empresas que gestiono, ¿cuál debo utilizar?

Los usuarios accederán con sus propios certificados digitales de persona física, no con los certificados de las empresas cuya afiliación y cotizacion gestionen.

El tipo de certificados que se pueden utilizar en el Sistema RED son de persona física, al igual que ocurre con el SILCON, no pueden ser de persona jurídica o de entidad.

Al acceder al Sistema Red Internet – Red Directo – Sistema de Liquidación Directa – Sede Electrónica de la Seguridad Social (Notess) con acceso a otros certificados con el certificado de la FNMT me da error ¿porqué?

Se debe comprobar que el certificado FNMT está generado para un NIF de un usuario principal o secundario de la autorización RED, ya que por el momento los certificados de persona jurídica no se pueden utilizar en el Sistema RED.

Como Empresa o Despacho Profesional, a partir del 17 de septiembre de 2016, ¿puedo seguir utilizando el certificado SILCON?

A partir del 17 de septiembre no podrán seguir utilizando el certificado SILCON.

Si se trata de autorizados al Sistema RED deben obtener un certificado digital, tanto para usuarios secundarios como para el principal de dicha autorización, de la lista de certificados admitidos. Los usuarios de una autorización del Sistema RED están identificados como tales, en  nuestras bases de datos por su DNI y serán reconocidos permitiendo su acceso.

Estos certificados son de persona física.

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