Seguridad Social
Aprobado el Ingreso Mínimo Vital
El Ingreso Mínimo Vital, que será de carácter permanente, tiene como principales objetivos la redistribución de la renta, con la intención de erradicar la pobreza extrema, y la inclusión social y participación en el mercado laboral de las personas en situación de vulnerabilidad.
El Ingreso Mínimo Vital es la respuesta del Gobierno al problema estructural de pobreza que existe en España y su puesta en marcha se ha acelerado para ayudar a cubrir las situaciones de vulnerabilidad causadas por la COVID-19, que se suman a las de las familias que ya se encontraban en dificultades previamente.
Según las estimaciones, la nueva prestación podría alcanzar los 850.000 hogares beneficiarios, en los que viven más de 2,3 millones de personas, con especial incidencia en los hogares con niños. De hecho, de los 2,3 millones de potenciales beneficiarios, un 30% son menores. También habrá una incidencia mayor entre los hogares monoparentales, que supondrán el 16% de los beneficiarios. Dentro de ellos, casi un 90% están encabezados por una mujer.
El Ingreso Mínimo Vital parte de una amplia tipologías de hogares (en función del número de miembros y de si son monoparentales) y establece un nivel de renta garantizable diferente para cada tipo de hogar. El nivel mínimo, que corresponde a los hogares unipersonales, es de 5.538 euros al año, el equivalente a una pensión no contributiva. A partir de esta cuantía se establece un coeficiente adicional por cada miembro del hogar y un beneficio para los hogares monoparentales, según se indica en la tabla inferior.
La Seguridad Social simplifica los trámites para prestaciones durante el estado de alarma
¿Esto qué significa? Pues que si dispone de certificado electrónico o cl@ve permanente para solicitar una prestación, puede hacerlo a través de la Sede electrónica de la Seguridad Social, pero si no lo tiene, puede identificarse mediante una copia del DNI, y realizar los trámites en los nuevos canales habilitados.
¿Cómo y dónde se puede solicitar el Subsidio Extraordinario para Empleadas de Hogar?
El Subsidio Extraordinario para Empleadas de Hogar, regulado por Resolución de 30 de abril del 2020 del SEPE por la que se desarrolla el procedimiento para la tramitación de solicitudes del Subsidio Extraordinario por falta de actividad para las personas integradas en el Sistema Especial para Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social